Este domingo 7 de febrero vence el plazo de entrega voluntaria para el encarcelamiento del músico español Pablo Hasel, quien fue condenado por “apología del terrorismo” y “vilipendio de la Monarquía”, de acuerdo a una sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia en mayo de 2020 y reafirmada por la Audiencia Nacional. Con ello, Hasel se convierte en uno más de los cantantes de música urbana del género Rap que entra en prisión por el contenido de sus canciones, siendo España es uno de los países con más artistas en prisión del mundo (14 encarcelados), un hecho que puede ser el inicio de una práctica que establezca como normalidad la imputación por “delitos de opinión” en un continente que suele enorgullecerse de sus tan cuestionadas formas de democracia.
En un comunicado a la opinión pública Hasel expresó: “No voy a presentarme voluntariamente porque ante una sentencia tan injusta lo consideraría una humillación. Ya es una cuestión de dignidad no acudir por mi propio pie a prisión. Así que tendrán que venir a secuestrarme allí donde me encuentre, que probablemente será en mi domicilio”.
Hasel no es un caso aislado
En los últimos años, la represión del Estado español contra las opiniones políticas de la disidencia ha alcanzado niveles muy altos. El también rapero Mallorquín Valtònyc fue condenado en 2018 por los mismos delitos de los cuales se acusa a Hasel, “apología del terrorismo”, así como por calumnias e injurias graves contra el Rey. En ese momento el mundo del web conjuntamente con los raperos hicieron un éxito viral la canción de Valtònyc “Los borbones son unos mafiosos” (The Bourbons are thieves). Tras su sentencia y condena, un día antes de entrar en prisión, Valtònyc se escapó del territorio español estableciéndose en Bélgica, pero rápidamente el Estado español solicitó la extradición de Valtònyc al Tribunal de Estrasburgo, la cual fue rechazada.
La lista continúa con los 12 raperos del grupo musical “Insurgencia» que también fueron condenados el año pasado a seis meses de prisión por “apología del terrorismo” .
Herencia del franquismo
El Artículo 578 del Código Penal español, que estipula qué conductas deben ser consideradas delitos de incitación y apología del terrorismo y con el cual se cercena la libertad de expresión tanto a artistas como a toda la población, es una herencia de las leyes que fueron creadas y diseñadas durante el régimen franquista. Esta es una normativa modernizada que utiliza abiertamente la lucha contra el terrorismo para limitar la libertad de expresión, haciendo énfasis en punir a los creadores y creadoras y a los usuarios y usuarias de las plataformas y redes sociales online. Si bien puede parecer una causa aparentemente justa, es utilizada por los aparatos gubernamentales para cercenar la opinión y sembrar el miedo a la expresión disidente dentro de la población.
Las definiciones de lo que se pudieran considerar por el Artículo 578 como delitos y sus niveles de gravedad y punición son imprecisas y en líneas generales ausentes. Por otra parte, no se debe omitir que los ingresos que generan las multas por cometer estos «delitos» constituyen una suma considerable dado el gran número de multados y condenados.
A esto debemos también señalar que el Artículo 578 protege a un amplio número de instituciones del Estado español, además de cargos públicos, que a nivel jurídico son entidades abstractas por lo cual no son titulares y no gozan de derechos en virtud de las leyes internacionales que contemplan los Derechos Humanos. Tal es el caso de la corona española, una institución retrógrada y decadente, cuya validez ha sido ampliamente cuestionada dados los casos de corrupción y malversación de fondos que ha acumulado en su haber. Llama la atención que esta actual Monarquía, en pleno siglo XXI encarcele a músicos y artistas, en tanto debería de dar una mirada a la historia, cuando los trovadores y troveros, aún con su sátira, comicidad y denuncia para con la llamada nobleza, eran apreciados y respetados en las cortes reales.
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Yoselina Guevara López Corresponsal en Italia