¿En qué consiste la Ley Antibloqueo presentada en Venezuela?

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Por Yonder Canchica

La Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la garantía de los Derechos Humanos presentada por el presidente de la República, Nicolás Maduro, a consideración de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), representa una respuesta para contrarrestar la imposición del bloqueo económico y de medidas coercitivas unilaterales, denominadas eufemísticamente “sanciones”, aplicadas por el gobierno de Estados Unidos contra toda Venezuela.

Tal como lo planteamos el 22 de abril de este año por este mismo medio en el artículo «Vacuna y antídoto para Venezuela», es urgente y necesaria la creación de un marco normativo para vacunar al Estado contra nuevas agresiones e inmunizar a la economía frente a ellas. Además, se requiere que la norma sea de mayor rango para hacer frente a la gravedad de las agresiones, es decir, crear una ley o conjunto de leyes constitucionales que tengan como punto de partida la declaración del carácter ilícito y nulo de las medidas coercitivas unilaterales (MCU) y sus consecuencias jurídicas en el país. Teniendo igualmente como base que las relaciones internacionales deben tener como principio la reciprocidad.

La Ley Constitucional Antibloqueo, es un marco normativo especial y temporal que estará vigente mientras dure el bloqueo y medidas coercitivas unilaterales impuestas por la Casa Blanca contra el pueblo de Venezuela. Es decir, este instrumento legal, de carácter constitucional, dotará al Estado de herramientas jurídicas para contrarrestar, mitigar y reducir los efectos e impactos de la políticas criminal de sanciones por parte de Estados Unidos.

Esta ley de mayor rango para hacer frente a la gravedad de las agresiones contra Venezuela busca:

1) Proteger al pueblo venezolano, mitigar los impactos, compensar los daños causados por el bloqueo y garantizar la vigencia de los Derechos Humanos;

2) Generar recursos a la nación, impulsar la economía productiva, proteger los activos y recursos del país y blindar la economía frente los ataques y amenazas de derivadas de la aplicaciónde sanciones y otras amenazas;

3) Afirmar la soberanía y la libre autodeterminación del pueblo venezolano, del Estado y la patria venezolana frente al intento de avasallarla y destruirla.

La ley presentada por el primer mandatario responde a una necesidad estratégica ya que estamos en el segundo táctico enmarcado en un minuto estratégico y en la hora histórica de buscar la fórmula jurídica contra las medidas coercitivas y criminales que afectan a todos los venezolanos; y es la ANC, electa mediante votación libre, universal, directa y secreta, la convocada a debatir con los ciudadanos la producción de anticuerpos contra la agresión internacional. Esto en virtud de sus facultades creadoras de ordenamientos jurídicos, previstas en el Artículo 347 de la Constitución, y por ser la instancia plenipotenciaria por mandato del Artículo 349 de la Carta Magna.

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EL proyecto de ley constitucional antibloqueo presentado a la ANC recoge varios aspectos, tales como:

1) Mecanismos financieros para restituir progresivamente el valor de las prestaciones sociales, beneficios acumulados y ahorros obtenidos por los trabajadores;

2) Medidas financieras y jurídicas para el resguardo y la protección de activos de la República ante las medidas coercitivas unilaterales;

3) Gestión dinámica y estratégica de activos y de pasivos de la República para incrementar el flujo de divisas al país;

4) Medidas para estimular la participación del sector privado nacional e internacional en el desarrollo de la economía nacional, incluyendo garantías para la inversión productiva;

5) Potenciar capacidades productivas y generar recursos al país, resguardando las provisiones constitucionales en áreas y sectores estratégicos;

6) Plena estabilidad laboral y garantía del disfrute de sus derechos laborales y sociales para los y las trabajadoras de sectores que participen en proyectos desarrollados a partir de esta Ley.

Siete aspectos recogidos en el proyecto de ley constitucional antibloqueo de gran importancia que coinciden en gran medida a los cinco puntos escritos en el artículo «Vacuna y antídoto para Venezuela» para hacerle frente a la agresión que como política de Estado ha aplicado el gobierno de Estados Unidos contra Venezuela. Esta ley pudiere ser el punto de partida para una mayor coordinación en la respuesta común de los distintos países atacados mediante las MCU.

La Ley Antibloqueo desde lo jurídico se enmarca plenamente en el Derecho Internacional, el derecho al desarrollo y la protección de los Derechos Humanos de los ciudadanos. Venezuela necesita buscar fórmulas para comercializar libremente con el mundo, sin temor a las represalias de Washington, así como también  recuperar sus ingresos apoyándose en las fortalezas y capacidades para poder defender al pueblo de los terribles efectos y continuar mejorando la calidad de vida de todos en los mismos estándares como antes de la agresión.

Desde el desarrollo del pensamiento la Ley Constitucional Antibloqueo se enmarca en la respuesta al conflicto histórico entre Bolívar vs. Monroe, entre la arrogancia del Destino Manifiesto vs. nuestro destinito histórico y esperanza histórica de libertad. Entre la arrogancia sustentada en la errada interpretación estadounidense de su propio Destino Manifiesto, que en la práctica es una copia fiel y exacta del destino marcado por la providencia para plagar la América de miseria, alertado por Simón Bolívar, el 5 de agosto de 1829.

En ese conflicto histórico, donde Venezuela es la vanguardia de los pueblos libres, debemos derrotar la agresión con el orgullo del pasado, el esfuerzo del presente y la esperanza del porvenir y no solo por nosotros, sino también por todo el mundo con esperanza de cambio global, sin tutelaje de instancias internacionales. Debemos empoderarnos de nuestro destinito histórico y nuestra esperanza histórica de libertad, del desarrollo y de bienestar común por el camino de la paz, de la autodeterminación soberana y la participación protagónica de la población.

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Yonder Canchica Abogado

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