Por Correo del Alba
En una jornada inédita para el país, celebrada por la gente en las calles al filo del toque de queda que comienza a las 22:00 hrs., durante la tarde de ayer, la cámara del Senado con 29 votos a favor –incluidos cinco oficialistas– y 14 en contra, aprobó la reforma constitucional que permitirá el retiro del 10% de los fondos de pensiones de manera excepcional para toda persona que posea ahorros en las AFP. Esta medida fue impulsada por la oposición ante la grave crisis económica por la que atraviesa el país, agudizada por la pandemia, y tuvo un fuerte costo político para la derecha, que sufrió un quiebre interno y la renuncia en sus filas de parlamentarios que se mostraron favorables a la propuesta. La coalición de Gobierno no acepta la derrota y su bancada ya amenazó con acudir al Tribunal Constitucional para revertir el proyecto de ley aprobada en la larga sesión.
Los aspectos más relevantes del proyecto
El beneficio es de carácter universal y libre de impuestos. En este punto, el ministro de Hacienda, Germán Briones, acusó la medida como la más regresiva que se haya visto en años. Sin embargo, los parlamentarios han esgrimido que los fondos retirados estarán liberados de impuestos porque no constituirán una renta o remuneración y tampoco serán sometidos a descuentos por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que deberán pagar los montos de forma íntegra.
Asimismo, se rechazó la categoría de inembargable o inexpropiable de los fondos y la creación de un Fondo Colectivo Solidario que se avizora como el primer eslabón para terminar con el sistema de AFP o al menos crear una forma alternativa.
El plazo para el retiro de fondos es de hasta 365 días para todos los afiliados, toda vez publicada la reforma constitucional. También incluye a las personas jubiladas que requieran el retiro de el 10% de sus fondos para hacer frente a la crisis.
Entre las formas aprobadas sobresale la solicitud de retiro a través de plataforma con soporte digital, telefónico y presencial, dispuesto por las AFP, pero deberá ser un sistema eficiente y rápido. Los dineros transferidos a las cuentas bancarias o financieras de los y las afiliadas serán sin comisión de administración ni costo para los ahorristas. El pago, que dependerá del monto, podrá hacerse hasta en dos cuotas.
Como el proyecto debe modificar la Constitución Política del Estado, el texto volverá a la Cámara de Diputados para su aprobación, mientras que a La Moneda le quedan dos instancia para su reversión: acudir al tribunal Constitucionalidad para su rechazo o el veto presidencial.