Por Yoselina Guevara López
Ante el intento de invasión marítima suscitado en Venezuela, el presidente Nicolás Maduro designó al Canciller Jorge Arreaza para consignar una denuncia formal en nombre del Estado venezolano ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, que incluya las pruebas de la vinculación del gobierno de Estados Unidos en esta acción de corte paramilitar. El mandatario aseguró, en rueda de prensa realizada el jueves 6 de mayo, que «he dado instrucciones para que presentemos ante la Corte Penal Internacional un nuevo informe en donde presentemos los videos, el contrato y demás elementos que demuestren la participación de Estados Unidos en este nuevo intento de agresión contra Venezuela. Este informe se sumará a la demanda que ya interpusimos».
La denuncia la realizará Miraflores, entre otras causas, por el intento de violación de la soberanía territorial por parte de mercenarios contratados por Washington, de acuerdo a documentos encontrados. En este sentido, el concepto de soberanía territorial a nivel internacional le otorga Venezuela el derecho de disponer con toda independencia de su territorio; con el mismo se le conceden facultades para evitar la injerencia de otros países. Además de ello, la soberanía está intrínsecamente asociada a la inviolabilidad e integridad de las fronteras y lógicamente del territorio.
Tribunal de La Haya
La CIJ, con sede en los Países Bajos , es el principal órgano judicial de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), y desempeña un papel decisivo en el ámbito del Derecho Internacional. Actualmente está presidida por el juez Abdulqawi Ahmed Yusuf (Somalia),como Vicepresidenta la jueza Xue Hanqin (China) y los siguientes magistrados: Peter Tomka (Eslovaquia), Ronny Abraham (Francia), Mohamed Bennouna (Marruecos), Antonio Augusto Cançado Trindade (Brasil), Joan E.Donoghue (Estados Unidos ), Giorgio Gaja (Italia), Julia Sebutinde (Uganda), Dalveer Bhandari (India), Patrick Lipton Robinson (Jamaica), James Richard Crawford (Australia), Kirill Gevorgian (Federación de Rusia), Nawaf Salam (Líbano) y Yuji Iwasawa (Japón).
Desde 1946, la CIJ ha dictado más de 90 sentencias sobre controversias relativas a: fronteras terrestres y marítimas entre Estados, soberanía territorial, no utilización de la fuerza, no injerencia en los asuntos internos de los Estados, relaciones diplomáticas, toma de rehenes, derecho de asilo, nacionalidad, protección de los derechos absolutos, derecho de paso y otras de carácter económico.
Es necesario destacar que la función judicial internacional sigue teniendo un carácter arbitral, es decir, es un medio de resolver las controversias basado en la voluntad de las partes (Estados) de someter a arbitraje una controversia que surja entre ellas.
__________________________________________________________________
Yoselina Guevara López Corresponsal en Italia