La patria en la toga

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Nada permanece igual y lo que existe se transforma sin dejar de ser o dando lugar a una realidad distinta, afirmaba el filósofo griego Heráclito de Éfeso, nativo de la ciudad de Jonia. Igualmente, en relación con las etapas o épocas de la vida, el filósofo indicaba: “toda la vida y la propia naturaleza de la vida es cambio y la transformación encarnados e ilustrados por la energía del fuego”.

Una nueva época plantea transformaciones sin perder la propia esencia, principios, ni la ruta, esto aplica para todos los ámbitos de la vida y labores. Al referirnos a un nuevo período o tiempo determinado de una sociedad, estamos haciendo mención también a unos desafíos y amenazas nuevas. Para ello es necesario revisar los cambios en cada labor o profesión y su adecuación a la realidad.

La toga como vestimenta para los abogados es un elemento inspirador semejante al uniforme de gala utilizado por los militares en desfiles. Pero hoy los profesionales del Derecho, como consecuencia de las transformaciones, utilizan muy poco la toga en su ejercicio diario, elemento que permite igualdad entre los abogados y genera cierto grado de respeto entre las demás personas tal como lo menciona el escritor Ángel Osorio. Adicional a estas transformaciones surgen nuevos retos que actualmente colocan a los abogados en la primera fila de defensa de la constitución.

Las amenazas a la estabilidad y la soberanía de los países se centran en la actualidad en el área jurídica ya que la mayoría de las rupturas del hilo constitucional o cambios de régimen no se dan solo con acciones militares, sino que ahora se emplea acciones seudo legales o con apariencia de legalidad. Sería oportuno preguntarnos: ¿el abogado de hoy debe limitarse a ser solo un operador jurídico, o se requiere a un abogado altamente calificado y con formación nacionalista y patriótica?

Es bueno destacar que cuando se habla de patria, no nos referimos a una idea partidista, sino que nos referimos a los sentimientos de identidad nacional y personal que están estrechamente relacionados con el origen de apellidos, nombres y con el vínculo con el lugar donde nacimos; o como dice un tema musical: “patria son tantas cosas bellas” o “es lo que lleva en el alma todo aquel cuando se aleja”.

La aparición del lawfare, sin duda obliga a los abogados a estar en la vanguardia frente a esta amenaza de utilización del Derecho para realizar guerra jurídica o golpe jurídico, que se constituye como instrumento para socavar la estabilidad, con el objetivo de cambiar gobiernos elegidos democráticamente, por vías no democráticas. El lawfare como herramienta de guerra híbrida para deslegitimar o romper el orden constitucional debe ser estudiado, para ello tenemos como ejemplo los casos ocurridos en Brasil, Ecuador, Argentina, Bolivia y el lawfare frustrado en Venezuela en el año 2017.

Indiferentemente de las transformaciones, la palabra abogado mantiene su esencia que proviene del latín advocatus que deriva de la expresión ad auxilium vocatus que significa “el llamado para auxiliar”, y esto se refiere precisamente a la labor de la abogacía en la actualidad: acudir en auxilio y defensa de los derechos e intereses de su representado. Entonces, es oportuno preguntarse: ¿es un buen abogado quien alza su voz para hacerle daño a su país y sus ciudadanos? La respuesta sin duda debería ser para las grandes mayorías que no es un buen abogado quien le hace daño a su país y sus ciudadanos.

Es necesario asumir que los profesionales del Derecho indiferentemente del rol que cumplan, son servidores de un sistema que tiene como objetivo dar justicia a los ciudadanos, y se debe entender lo señalado por el profesor y abogado uruguayo, Eduardo Couture: “Ten fe en el Derecho como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del Derecho; en la paz, como substitutivo bondadoso de la justicia; y sobre todo ten fe en la libertad, sin la cual no hay Derecho, ni justicia, ni paz”.

El escritor Augusto Mijares, puntualiza en su obra, Lo afirmativo venezolano: “(…) Explorar, valorizar y defender la dimensión espiritual de Venezuela es tan importante como cuidar de su integridad material o más”. En definitiva, hay que transformar el pensamiento del jurista venezolano desde la concepción constitucional y desde nuestras raíces históricas. Efectivamente, tenemos ejemplos de grandes ciudadanos y de grandes patriotas que pueden inspirar transformación como lo son Cristóbal Mendoza, Juan Germán Roscio y Miguel José Sanz. Sin duda alguna e indistintamente de su profesión u oficio, el libertador Simón Bolívar es un ejemplo histórico por prestar y alzar su voz y su brazo en auxilio y defensa de los derechos de otros.

La reflexión sobre el rol del abogado venezolano de la nueva época, que es llamado para auxiliar a sus semejantes, debe abordarse sobre todo desde una dimensión superior a lo técnico como lo es lo filosófico y lo doctrinal. Indistintamente de las ideas partidistas de cualquier ciudadano, es de gran trascendencia el sentimiento nacionalista, patriota y de servicio a los demás para el ejercicio de todas las actividades. Ser abogado es más que simplemente conocer y aplicar las leyes, implica ser defensores de la justicia, tanto en el ámbito individual como en el colectivo.

Llevar la patria en la toga es más que usar una vestimenta, esto se refiere al compromiso de los abogados y todo aquel ciudadano que labora en el sistema de justicia de tener internalizado el servir a su país y contribuir al desarrollo y bienestar de la sociedad a través de su trabajo. También comprende que los abogados deben estar guiados por principios éticos y morales elevados para humanizar el Derecho. En este sentido, se espera que los abogados venezolanos actúen como defensores de los derechos y las libertades de las personas como garantes de la concepción de Estado democrático, social de derecho y de Justicia previsto en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

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Yonder Canchica Venezolano, abogado experto en Derecho Internacional

Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad del autor/a

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