Por Félix Roque Rivero
El 5 de agosto de 1999, el recién electo y juramentado presidente de Venezuela, el comandante Hugo Rafael Chávez Frías, presentó ante la plenaria de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) un documento conocido como: «Ideas Fundamentales para la Constitución Bolivariana de la V República».
Ahora que sabemos que la ANC convocada en 2017 por el señor presidente Nicolás Maduro no presentará un nuevo texto constitucional que sustituya o modifique al aprobado por el pueblo en referendo, y en atención al legado de las ideas constitucionales de Chávez, conviene resumirlas y sobre todo no olvidarlas.
Tenía Chávez ideas sobre los conceptos de Nación, República y Estado. Por lo primero entendía un conglomerado humano que posee glorias comunes y una voluntad presente de convivencia pacífica. Por lo segundo, asumía una República bolivariana, independiente, soberana, con un patrimonio moral fundado en los valores de la libertad, igualdad, justicia y paz, expresión de la Doctrina de El Libertador Simón Bolivar. El Estado es para Chávez la expresión máxima del fin último, el logro de la justicia y la obtención del mayor grado posible de bienestar y felicidad social.
La visión de Chávez de los espacios territoriales y de la organización político-administrativa giraba entorno a la autonomía municipal y de las parroquias, entendidos estos como entes esenciales del poder local y de la democracia protagónica. Allí radica el verdadero poder comunal. Chávez asumía que Venezuela no era Caracas y que había que permitirle al pueblo un amplio y poderoso nivel de empoderamiento. No veía a los consejos municipales ni a las parroquias como apéndices del partidismo que niega la participación protagónica del pueblo y que, por el contrario, les impone élites gubernamentales que lo corrompen y burocratizan todo.
Los Derechos Humanos y los deberes de los ciudadanos fueron objeto de atención y cuidado por Chávez, señalando que ellos eran inherentes a la condición y dignidad humana. Los derechos enunciados en el texto constitucional, no podían ser interpretados como únicos y excluyentes, ellos no niegan otros derechos, que siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresados en el texto constitucional. La falta de una ley no menoscaba el ejercicio de los Derechos Humanos. Denunciar cuando se notan prácticas que solo por superposición niegan, desconocen, alteran derechos sin antes permitir el debido proceso al procesado.
En su propuesta constitucional, Chávez, alistándose en las corrientes modernas y avanzadas del Derecho, consideraba que bajo ninguna circunstancia, ni aún en estado de emergencia, excepción o restricción de garantías individuales, podrá la autoridad pública, sea civil o militar o de otra índole, practicar o tolerar la desaparición forzada de personas. La desobediencia o cualquier orden en ese sentido, es un derecho y a la vez impone el deber de denunciar ante las autoridades correspondientes y estas en el deber de proteger al denunciante. El castigo a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada, así como de su tentativa, tiene que ser ejemplar.
Para Chávez, quien redactó de puño y letra sus propuestas constitucionales, el derecho a libertad de expresión comprende la libertad de buscar y refundir información e ideas de toda índole, sin que exista censura previa. En esto no está permitido el anonimato ni la propaganda de guerra. Así como la libertad de expresión es un derecho, también extraña deberes y responsabilidades. El derecho a la objeción de conciencia por motivos éticos, morales, humanitarios, filosóficos, políticos u otras manifestaciones, es un derecho vinculado a la honra y dignidad de las personas.
Chávez reconocía la propiedad privada al señalar que toda persona tiene derecho al uso, goce y disfrute de sus bienes. Las limitaciones a este derecho solo puede provenir de la ley y mediante el pago de una justa y oportuna indemnización siempre que fuese por utilidad pública o de interés social. Igual reconocimiento para la propiedad intelectual.
Para Chávez, el patrimonio familiar es inembargable y la familia toda ha de ser objeto de protección por parte del Estado y de la sociedad. Se reconoce de manera amplia los derechos culturales y la diversidad étnica.
Chávez era opuesto a la precarización del trabajo y del salario. Declaró que todos tienen derecho al trabajo y a una existencia digna y decorosa. Que es fin del Estado eliminar la desocupación y el subempleo. Los derechos laborales son irrenunciables, toda pretensión en ese sentido es nula. Las prestaciones sociales es un derecho absoluto y su reconocimiento y pago ha de ser oportuno y canceladas según las estimaciones del último salario devengado.
«Ahora que sabemos que la ANC convocada en 2017 por el señor presidente Nicolás Maduro no presentará un nuevo texto constitucional que sustituya o modifique al aprobado por el pueblo en referendo, y en atención al legado de las ideas constitucionales de Chávez, conviene resumirlas y sobre todo no olvidarlas»
Chávez era acérrimo defensor de la democracia participativa y protagónica. Ello se instituye como una expresión ética concreta de la participación popular, obligación del Estado garantizarla, abarca los ámbitos político, social y económico de la existencia cotidiana del ser humano. Mecanismos de esa visión avanzada de democracia participativa y protagónica son: el voto, el plebiscito, referéndum, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa constitucional, la iniciativa constituyente, la iniciativa legislativa, asamblea de ciudadanos y la revocatoria de los mandatos de elección popular.
El sistema económico visualizado por el Chávez constitucionalista, debía estar siempre al servicio del sistema social y según los recursos y potencialidades productivas de la nación. En su concepción se rechazan los extremismos dogmáticos y manteniendo un equilibrio entre el Estado y el mercado, entre lo público y lo privado, entre lo nacional y lo internacional.
Ese sistema económico tendría por objeto el desarrollo humano integral, abarcando todas las manifestaciones de la vida humana. El Estado, en estrecha coordinación con el sector privado, promoverá el desarrollo y la diversificación de la producción, con el fin de aumentar el empleo y los ingresos de la población y fortalecer la soberanía del país. Chávez era terco en eso de defender la soberanía, por eso en los contratos de interés público debía incluirse una cláusula (y si no se escribía estaba sobreentendida) que en caso de dudas en su aplicación o interpretación, las mismas serían resueltas por los tribunales venezolanos competentes y según nuestras leyes vigentes.
En materia legislativa, Chávez era de la idea de un sistema bicameral: una Cámara del Senado Federal y la de Diputados. La figura de los senadores vitalicios quedaba eliminada. En la Cámara del Senado Federal se iniciaba la discusión de los proyectos de ley relativos a la Tratados y Convenios Internacionales. En ese Senado se juzgaría a los acusados por la Cámara de Diputados. Cuando se trate de juzgar al Presidente de la República, la Cámara del Senado Federal sería presidida por el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Larga la lista de competencias y atribuciones que Chávez ideó para la Cámara Federal de Senadores que nunca se aprobó. Chávez proponía que de manera expresa se prohibía el sistema de jubilación en todos los cargos de elección popular. Para él, la política no tenía connotación de carrera profesional. El funcionario público electo, no podía ver en su elección un privilegio cuando sí una obligación de alto sentido ético y moral.
En materia judicial, Chávez propuso la creación de la Sala Federal Constitucional, integrada al TSJ e integrada por cinco magistrados y sus atribuciones serían las del control de la constitucionalionalidad de los actos estatales y de las controversias que surjan entre la República, los Estados y los municipios. De igual forma, propuso un Poder Moral. Ambas cosas le fueron negadas por los constituyentes de 1999.
El Fiscal General de la República, para Chávez, debía ser electo por ambas Cámaras. Él ejercería la acción penal y debía velar por el correcto cumplimiento de los Derechos Humanos en las cárceles y demás establecimientos de reclusión. Las atribuciones del Fiscal en modo alguno han de menoscabar los derechos y acciones que corresponden a los ciudadanos.
Para Chávez, la seguridad y defensa de la nación es función transcendental del Estado y participa en ella todo el pueblo venezolano. Así, todos los venezolanos tienen el deber de defender la patria y están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan para garantizar la soberanía, la independencia nacional y las instituciones democráticas.
Chávez, en sus ideas constitucionalistas distinguía entre la Asamblea Constitucional, cuyo único objeto era dictar una nueva constitución y la Asamblea Constituyente, asumiendo que esta última era expresión del poder constituyente originario, cuyo titular es el pueblo soberano que no solo tenía por objeto aprobar una nueva Constitución sino también establecer libremente su orden de relaciones con los poderes constituidos, pudiendo decidir el cese de sus funciones, como el solicitarles rendición directa de cuentas. La Asamblea Constituyente tenía como límites los valores y principios de nuestra historia republicana, así como el cumplimiento de los tratados, acuerdos y compromisos asumidos y suscritos válidamente por la República, el carácter progresivo de los Derechos Humanos y las garantías democráticas.
Tales eran pues, las ideas constitucionales del Hugo Chávez presidente electo en 1998, que las expresó en su campaña y en el Libro Azul y en la Agenda Alternativa Bolivariana. Desde la visión del estudio y análisis de las ideas políticas contemporáneas, importa conocer el pensamiento político-constitucionalista de este hombre esclarecido, de metas altas, muchas aún en el tintero.
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Félix Roque Rivero Abogado